Decreto 330/08 – Importar Autos usados a Uruguay solo para retornos al país

De los Ingresos de vehículos al país…

Ley 18.250 , Art. 76: Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos oficiales:

A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

C) Por única vez, un vehículo automotor de su propiedad, el que no podrá ser transferido hasta transcurrido un plazo de dos años a contar desde su ingreso a la República. El régimen a que esté sujeto el automotor deberá constar en los documentos de empadronamiento municipal y en el Registro Nacional de Automotores”.

El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Municipal correspondiente.

El Decreto 572/994 reglamenta el procedimiento de ingreso de enseres y herramientas de extranjeros y ciudadanos uruguayos que ingresan al territorio del MERCOSUR.

El Decreto 330/08 regula el procedimiento y las condiciones para el ingreso de los vehículos automotores.

Decreto 330/08

Art. 1º.- Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior, que decida retornar en forma definitiva al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos, incluidos los precios vinculados a la importación:

a) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

b) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

c) Por única vez, un vehículo automotor de su propiedad.

Los bienes referidos en los literales a) y b), se tramitarán por el procedimiento previsto en el Decreto 572/994.

Los bienes referidos en el literal c) se regularán por el presente Decreto.

Art. 2º.- A los efectos del presente Decreto, se entiende por uruguayo a toda persona hombre o mujer nacida en cualquier punto del territorio de la República, así como los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento.

Art. 3º.- A los efectos de ampararse en la presente reglamentación, el interesado deberá iniciar el trámite respectivo debiendo acompañar la siguiente información:

a) Datos personales completos del interesado con documentación respaldante de su profesión, arte u oficio mediante título o nota institucional, y datos completos de los integrantes de su núcleo familiar con quienes se proyecta retornar al país.

b) Constancia de actividad laboral del interesado y los demás integrantes del núcleo familiar con quien proyecta retornar al país.

c) Domicilio a constituir en el país, el cual no podrá ser modificado sin comunicación previa al Ministerio de Relaciones Exteriores por el plazo de 2 años a contar desde su ingreso a la República.

d) Documento público o privado que acredite que el titular del trámite es propietario de un vehículo automotor adquirido y afectado al uso en el país de residencia, con un mínimo de un año de antigüedad al momento del retorno. Dicha documentación se proporcionará con la correspondiente traducción y será legalizada por el servicio consular interviniente, debiendo constar número de motor, chasis, padrón y demás datos identificatorios.

e) Declaración jurada personal donde conste decisión de retornar al país y radicarse definitivamente en él.

f) Documentación acreditante de haber tenido residencia permanente e ininterrumpida en el exterior por un lapso superior a los dos años, la que será legalizada por el servicio consular respectivo.

g) Declaración de ampararse expresamente a la ley que se reglamenta y al presente Decreto.

Art. 4º.- Con la documentación correspondiente se formará expediente, el que será remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Ministerio de Economía y Finanzas.

El Ministerio de Economía y Finanzas será el competente para autorizar la exoneración de la totalidad de los derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos –incluidos los precios relativos a la importación- respecto de todos o parte de los bienes detallados y verificados por los servicios consulares respectivos.

Art. 5º.- Sólo se admitirá un vehículo automotor por interesado y por única vez por nacional uruguayo, quedando vedado el ingreso de vehículos de mas de dos ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor homes y ómnibus de todas sus modalidades.

Quedará asimismo prohibido el ingreso de todo tipo de embarcaciones y aeronaves mediante el amparo al presente régimen.

Dicho vehículo no podrá ser enajenado ni transferido por un lapso de 2 años a contar desde su ingreso a la República, debiendo empadronarse directamente por el interesado en el Gobierno Departamental del domicilio denunciado, dentro de los 30 días del desaduanamiento.

Art. 6º.- Las personas amparadas al presente régimen deberán presentarse en forma anual con constancia de entrada y salida del país expedida por la Dirección Nacional de Migración y durante el lapso de los cuatro años siguientes a contar desde el inicio del trámite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores a efectos de acreditar su residencia en el país.

Art. 7º.- Para el caso que el interesado opte por iniciar el trámite desde el territorio nacional, la gestión deberá iniciarse dentro de los 60 días de su retorno al país ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Art. 8º.- El régimen que se reglamenta será de aplicación para los trámites iniciados ante las oficinas consulares respectivas a partir del 1º de febrero de 2008.

Art. 9º.- Los costos de traslado, seguros y almacenaje, no están incluidos en las exoneraciones previstas en la presente reglamentación siendo en todos los casos, las mismas, de cargo de los interesados.

Art. 10º.- Cualquier incumplimiento material o formal de la presente reglamentación constatado, previa vista en el domicilio constituido según el artículo 3 del presente Decreto, aparejará la pérdida de la totalidad de beneficios tributarios mediante la revocación de la autorización concedida, lo cual se comunicará a la Dirección Nacional de Aduanas y a la Dirección General Impositiva a sus efectos.

Art. 11º.- Declárase la gratuidad de los trámites relacionados con el presente Decreto ante cualquier organismo público interviniente.

La circunstancia de ampararse al régimen que se reglamenta por el presente Decreto, es incompatible con regímenes similares o análogos para categorías especiales de personas o funcionarios.

El solicitante que regresa al país, debe ser una persona física y no jurídica, debiendo estar el vehículo a nombre de dicha persona y no de una empresa o sociedad que pudiese tener el mismo en el exterior.

Para el caso de vehículos a introducirse que tengan el sistema de dirección a la derecha, se advierte que en caso de ser autorizada la exoneración de los tributos y gravámenes correspondientes al amparo del presente régimen, que es de exclusiva responsabilidad de los interesados que se autorice el uso del vehículo por las respectivas Intendencias Municipales.

Las actuaciones consulares son gratuitas en virtud del artículo 76 de la Ley Nº 18.250.

Documentación necesaria para la presentación de un expediente de vehículo automotor

1) Título de propiedad del vehículo debidamente legalizado y traducido. Debe existir constancia de que el interesado es propietario del vehículo con un año de antigüedad al menos.

La traducción debe ser efectuada por el propio Consulado uruguayo o por un Traductor Público en Uruguay.

2) Certificado de residencia, emitido por el Consulado correspondiente o legalizado por el mismo. El Decreto exige un mínimo de dos años residencia del interesado en el exterior.

3) Certificado de la Dirección de Migraciones, donde conste el historial completo de entradas y salidas del interesado a la República. (Misiones 1513)

4) Fotocopia de documentos del interesado y su núcleo familiar con quien retorna (cédula de identidad y pasaporte).

5) Declaración jurada. La misma podrá efectuarse ante el Cónsul respectivo, o estando el interesado en el país, ante Escribano Público.

PARA IMPORTACIONES DE VEHÍCULOS USADOS EN URUGUAY BAJO RÉGIMEN COMÚN DE IMPORTACIÓN

VER EL SIGUIENTE ENLACE: VEHÍCULOS USADOS EN URUGUAY

658 comentarios en “Decreto 330/08 – Importar Autos usados a Uruguay solo para retornos al país

  1. sOY ARGENTINO, VIVO EN URUGUAY Y VIAJO FRECUENTEMENTE A ARGENTINA, MI PREGUNTA ES LO PUEDO HACER CON AUTO EMPADRONADO EN ARGENTINA, CADA CUANTO TENDRÍA QUE VOLVER A ARGENTINA Y QUE INCONVENIENTES PUEDO TENER

  2. Estimados,
    Buenas tardes.

    Les consulto lo siguiente,
    Soy uruguayo y vivo aqui en uruguay, me interesa comprar un vehiculo usado «viejo» en el exterior, es posible su ingreso al pais y poder dejarlo en circulacion?? Si es posible, como deberia realizarlo?
    Gracias,
    Marcos

  3. Hola vivo en nueva zelanda hace 2 años. Soy uruguaya y pretendo volver a mi pais. Puedo llevarme mi coche conmigo? Tiene manubrio del lado derecho ya que aqui se maneja por la izquierda. Influye en algo? Por favor necesito informacion! Gracias

  4. hola buen dia, mi pregunta es poseeo un twingo placas europea con permiso de un año de transito en el pais, deseo empadronarlo aquí, es posible que tramite debo hacer, o se podrá solicitar ampliar el tiempo, gracias por su ayuda

  5. quiero comprar auto en brasil y quisiera rempadronalo en urguay q requisitos se necesitan ya que soy de uruguay y el vendedor de brasil

  6. Hola soy argentino y me gustaria importar una casa rodante usada 2012 a uruguay para su venta, no es motorhome sino de la clase de las que son tiradas por un vehiculo, me podran informar que documentacion necesito…

  7. Hola me gustaria consultar ya que soy argentino vivo en uruguay,trabajo en uruguay,tengo documento uruguayo y tengo un vehiculo argentino, paso la frontera en tiempo y forma pero me gustaria venirme del todo para aca,que debo hacer para pasar solamente mi vehiculo para uruguay ya que no pienso volver para argentina?,desde ya gracias

  8. Hola, soy uruguayo y alquilo una casa en argentina, ya que viajo seguido, por estudio, cada 3 o 4 meses, quiero saber si puedo circular en uruguay sin problemas. Ya que tengo constancia de alquiler. Y en el caso que me quede en uruguay, y siga alquilando en argentina, y cruze cada 6 meses, me sirve el algo la constancia de alquiler para que no me saquen el coche? . Saludos y gracias.

  9. hACE TRES MESES QUE HE VUELTO AL URUGUAY, HE ESTADO MAS DE TRES AÑOS RADICADO EN BRASIL, PUEDO TRAER EL COCHE POR VIA TERRESTRE Y UNA VEZ AQUI EMPADRONARLO?
    qUE CARACTERISTICAS TIENE QUE CUMPLIR EL COCHE, CUANTOS TIEMPO TIENE QUE HABER ESTADO A MI NOMBRE? O PUEDO COMPRAR UNO NUEVO PARA TRAERLO?
    gRACIAS

  10. Hola, quiero consultarle la posibilidad de traer mi coche desde rep.checa. soy dueño ya hace mas que 5 años. soy checo pero vivo en uruguay casi 3 años y tengo la cedula uruguaya. elegí vivir aquí, por eso también quiero consultar que mas puedo traer de mis cosas. Gracias por sus respuestas.

  11. hola una consulta yo soy uruguayo y hace poco saque el CPF puedo poner un auto brasilero a mi nombre y circular por todo el uruguay o necesito hacer algo mas?? desde ya muchas gracias espero respuestas

  12. Hola Gabriela,

    No es posible importar vehículos usados al país. Luego de haberte venido y transcurrido mas de 6 meses aqui, pierdes el derecho de optar por el retorno Dec. 330/08 con un vehículo exonerado de tributos.

    Saludos,

  13. Hola soy uruguaya estoy tramitando el dni argentino y tengo PASAPORTE. quisiera comprar un auto allá, traerlo a Uruguay y EMPADRONARLO, me vine hace unos años de argentina, puedo conseguir constancia de domicilio, Se PODRÍA efectuar el tramite?

  14. Hola soy nacida en argentina y tengo DOmicilio alla, puedo traerme el auto de Argentina?
    Que tengo que hacer?
    Espero respuesta
    Gracias

  15. Hola mi nombre es ana soy argentina vivo hace 6 años en uy viajo cada tres meses quisiera saber que tramite tengo que hacer si compro un auto alla para poder venir aca y circular tambien sin problemas gracias !!

  16. DESEO RETORNAR AL URUGUAY CON MI FAMILIA, tenemos dos autos y los dos estan a mi nombre. eS POSIBLE QUE UNO PASE A NOMBRE DE MI ESPOSA PERO EN ESE CASO COMO DEMOSTRAR QUE EL VEHICULO LLEVA MAS DE DOS ANOS CON NOSOTROS?

    lA SEGUNDA CUESTION ES CONCERNENTE AL DOMICILIO: EL DECRETO DICE QUE EL DOMICILIO NO PODRA VARIAR EN EL LAPSO DE DOS ANOS, COSA QUE NO COMPRENDO QUE PASA SI UNO SE MUDA EN ESE TIEMPO, NI QUé PASA EN EL CASO QUE UNO DECIDA EMIGRAR DE NUEVO.

    LA TERCERA CUESTION: UNA VEZ QUE EL VEHICULO ESTA EN URUGUAY Y DESDUANADO Y ANTES DE EMPADRONARLO EN URUGUAY, ES POSIBLE TRANSFERIRLO A BRASIL (EN EL CASO QUE DECIDA EMIGRAR A ESE PAIS DESDE LUEGO) ?

  17. Hola soy uruguaya estoy tramitando el dni argentino quisiera comprar un auto allá y traerlo a Uruguay con chapa argentina, si vuelvo a entrar a argentina cada 6 meses puedo circular en Uruguay con la carta verde y teniendo el auto a mi nombre? Se agradece la mayor información posible gracias

  18. mi consulta es la siguiente quiero comprar un auto en paraguay, es un auto de 1992, tiene mas de 20 años. que tramite o donde debo averiguar si esta excento de impuestos? gracias por su tiempo.

  19. Hola soy uruguaya , estoy tramitando el DNI en argentina y tengo como conseguir recibió de constancia de domicilio en argentina, puedo comprar un vehículo usado del 93 y pasarlo a Uruguay e ingresarlo a la argentina cada 6 meses? Se agradece toda la información posible saludos

  20. buenas, mi intencion es importar de japon un auto deportivo, es del año 1993, queria saber cuales son las posibilidad de poder hacerlo, ya que tiene mas de 20 años y es deportivo que es una de las excepciones de la Ley Nº 17.887.

  21. Hola, soy argentino con residencia legal en Uruguay. tengo un automovil argentino, lo puedo empadronar para que quede aca con matricula uruguaya? gracias

  22. Buenos días, tengo decidido volver a uruguay (actualmente vivo en argentina) y necesitaría saber el costo de empadronamiento de un vehículo (auto) y los «requisitos» para el mismo. Gracias. Saludos.

  23. Consulta, Mi marido es Uruguayo y lleva 15 años trabajando en chile, yo soy chilena y tenemos dos hijos de 6 y 4 años, estamos viendo todo el papeleo para retornados, ya que lo transfirieron de su trabajo a la sucursal ubicada en montevideo para comenzar el 2015. yo tengo un automovil citroen c3 del 2007 hace casi 4 años, está a mi nombre. mi esposo nunca se compro auto porque la empresa le provee de uno, Que posibilidad hay de que pueda quedar acogido a la ley de retorno como grupo familiar a la hora de retornar (enero 2015), o tal vez tener prorroga mas extendida en aduana para tenerlo algunos meses mientras nos organizamos en montevideo.

    espero su respuesta

    gracias

  24. Hola administrador. Soy mario. Estoy trabajando en concordia (entre ríos argentina) mi mujer es argentina y tiene el auto a su nombre. Estamos a sólo 20 minutos de (salto. Uruguay) el tema que nos regalaron una casita en salto y estaría viviendo ahí pero viajó todos los días a argentina. Sabes que puedo hacer? El auto es usado. Desde ya muchas gracias

  25. tengo una consulta soy ciudadano uruguayo y radico desde hace 4 años estamos pensando en REGRESAR NOS a uruguay y llevarnos nuestro auto pero el auto esta a nombre de mi esposa que es mexicana,con el carro tenemos mas de 2 años,se PODRÁ llevar? y de ser ASÍ cual seria el costo?

  26. Quisiera saber que se necesita para poder empadronar un auto con matrícula argentina a uruguaya es de mi cuñado el tiene documento argentino pero ya se nacionalizó uruguayo porque vive acá desde hace años el auto está en Argentina tiene que traerlo en estos días va a buscarlo

  27. Quiero saber si puedo traer un auto 0 km de chile, si lo puedo traer yo andando o tiene que ser alguna empresa de importaciones, que debo pagar y si tengo que gestionar algún permiso previo y en donde podría averiguar mas sobre la ley que regula esta operación. gracias

  28. buenas tardes, quisiera saber que necesito para poder empadronar mi camioneta en uruguay, yo naci en argentina pero soy nacionalizado uruguayo, mis padres los dos son uruguayos y yo estuve viviendo (con residencia permanente – carnet) en asuncion paraguay durante 3 años, compre la camioneta en el 2010 y desde ese año esta a mi nombre. ahora quiero volver a uruguay, como hago y que necesito presentar en cuanto a papeles? puedo llevarla conduciendo la camioneta? o solo en contenedor o camion?

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