Origen de bienes que ingresan en zonas francas (Decisión 33/15)

Cambios en el Mercosur permiten que mercaderías almacenadas en zonas francas conserven su origen, lo que impulsa las oportunidades de Uruguay como hub logístico.

La Dirección Nacional de Aduanas (DNA) emitió la Resolución 88/2019, que permite poner en práctica la Decisión 33/15. Según esta última, las mercaderías originarias del Mercosur (o de terceros países con los que el bloque mantenga un acuerdo comercial) que ingresen a zonas francas para procesos simples que no alteren su clasificación arancelaria ni su origen mantendrán los beneficios arancelarios al ser reenviadas al bloque o ingresadas bajo importación definitiva a Uruguay.

Antes de esto, al ingresar a zona franca las mercaderías “perdían” su origen, por lo que los beneficios de la zona franca no resultaban compatibles con los que surgen de los acuerdos comerciales (arancel bajo o nulo).

A partir de este cambio, se podrá potenciar las oportunidades de Uruguay como hub logístico y estimular el desarrollo de ciertos procesos en las zonas francas (operaciones destinadas a asegurar la comercialización de la mercadería, su conservación o fraccionamiento).

La DNA será la autoridad encargada de emitir certificados de derivados (CD). El CD es un documento que certifica que ciertas mercaderías están amparadas por un certificado de origen Mercosur o de un tercer país con el que el bloque tenga un acuerdo comercial.

fuente: infonegocios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.