Ingreso Temporal Vehículos extra Mercosur en Uruguay

 

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Ingreso de vehículos en Uruguay:

Podrán ser introducidos temporalmente: automóviles, motocicletas, bicicletas motorizadas, casa rodantes, remolques, aviones, embarcaciones de recreo y deportivas y demás vehículos similares que sean de uso particular y exclusivo de los turistas.

Conductores Autorizados: Los vehículos de ingreso temporal deberán ser conducidos personalmente por el propietario, o usuario debidamente autorizado (Carta Poder certificada por Escribano Público), por su cónyuge o por un familiar hasta 2ª grado de consanguinidad o afinidad, siempre que no sean residentes habituales en el país.

Podrán ser conducidos por chofer profesional acreditando su calidad de tal, con prueba suficiente ante la autoridad aduanera.

Documentación requerida:

Libreta de propiedad y/o Título del Vehículo.
Pasaporte.
Licencia de Conducir.
Seguro de Responsabilidad Civil Internacional.
Carta Poder certificada por Escribano Público y apostillada (si el conductor no fuese el propietario).

El propietario o usuario debidamente autorizado ante la Aduana, luego de efectuar el expediente GEX de desaduanamiento correspondiente  (deberá firmar una Declaración Jurada que contenga):

1) los datos identificatorios del vehículo y el listado de sus accesorios

2) los datos identificatorios del propietario o conductor usuario autorizado,

Esta Declaración es el documento habilitante para circular en el territorio nacional o salir del mismo y será emitida por el personal de Aduana de Montevideo.

Plazo de permanencia: El plazo de permanencia del vehículo en territorio nacional será de 1 año en calidad de admisión temporal, pudiendo ser prorrogado, por motivos justificados ante la Autoridad Aduanera por tres meses más con una antelación prudente.

La permanencia del vehículo en el país, luego de vencido el plazo dará lugar a la imposición de una multa de U$S20.- por cada día de infracción hasta completar un mes. Vencido ese plazo se iniciarán los procedimientos por presunción de infracción aduanera.

La operativa aduanera de ingreso temporal de vehículos extra mercosur no tiene valor, pero la operativa privada y portuaria que conlleva dicho arribo si lo tiene.

-Agencia Marítima Transferido del B/L.
-Deposito fiscal y/o terminal de contenedores por el almacenaje, operativa de carga/descarga.
-Tarifa Puerto ANP (sobre peso y valor).
-Gastos expediente GEX, balanza, timbrados, etc.
-Honorarios del despachante de aduana.

*** Si se requiere un presupuesto para su ingreso temporal así como también evacuar dudas al respecto, por favor comunicarse por este medio haciendo click aquí: INGRESO TEMPORAL DE VEHÍCULOS A URUGUAY ***

Documentación necesaria para poder realizar el trámite aduanero de ingreso temporal se necesita:

*Valor aproximado en usd del vehículo a ingresar.
*Fotocopia de ficha técnica y permiso de circulación del vehículo.
*Fotocopia de licencia de conducir del titular.
*Certificado de Turista expedido por Dirección Nacional de Migración Uruguaya en Montevideo al llegar el turista al País.
*Fotocopia de pasaporte del titular del vehículo, con el sellado del ingreso en Uruguay reciente.
*Conocimiento de embarque (B/L) de embarque original de carga proporcionado por el agente de carga en origen.
*Fotografías del vehículo.

 

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