Decreto 330/08 – Importar Autos usados a Uruguay solo para retornos al país

De los Ingresos de vehículos al país…

Ley 18.250 , Art. 76: Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos oficiales:

A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

C) Por única vez, un vehículo automotor de su propiedad, el que no podrá ser transferido hasta transcurrido un plazo de dos años a contar desde su ingreso a la República. El régimen a que esté sujeto el automotor deberá constar en los documentos de empadronamiento municipal y en el Registro Nacional de Automotores”.

El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Municipal correspondiente.

El Decreto 572/994 reglamenta el procedimiento de ingreso de enseres y herramientas de extranjeros y ciudadanos uruguayos que ingresan al territorio del MERCOSUR.

El Decreto 330/08 regula el procedimiento y las condiciones para el ingreso de los vehículos automotores.

Decreto 330/08

Art. 1º.- Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior, que decida retornar en forma definitiva al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos, incluidos los precios vinculados a la importación:

a) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

b) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

c) Por única vez, un vehículo automotor de su propiedad.

Los bienes referidos en los literales a) y b), se tramitarán por el procedimiento previsto en el Decreto 572/994.

Los bienes referidos en el literal c) se regularán por el presente Decreto.

Art. 2º.- A los efectos del presente Decreto, se entiende por uruguayo a toda persona hombre o mujer nacida en cualquier punto del territorio de la República, así como los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento.

Art. 3º.- A los efectos de ampararse en la presente reglamentación, el interesado deberá iniciar el trámite respectivo debiendo acompañar la siguiente información:

a) Datos personales completos del interesado con documentación respaldante de su profesión, arte u oficio mediante título o nota institucional, y datos completos de los integrantes de su núcleo familiar con quienes se proyecta retornar al país.

b) Constancia de actividad laboral del interesado y los demás integrantes del núcleo familiar con quien proyecta retornar al país.

c) Domicilio a constituir en el país, el cual no podrá ser modificado sin comunicación previa al Ministerio de Relaciones Exteriores por el plazo de 2 años a contar desde su ingreso a la República.

d) Documento público o privado que acredite que el titular del trámite es propietario de un vehículo automotor adquirido y afectado al uso en el país de residencia, con un mínimo de un año de antigüedad al momento del retorno. Dicha documentación se proporcionará con la correspondiente traducción y será legalizada por el servicio consular interviniente, debiendo constar número de motor, chasis, padrón y demás datos identificatorios.

e) Declaración jurada personal donde conste decisión de retornar al país y radicarse definitivamente en él.

f) Documentación acreditante de haber tenido residencia permanente e ininterrumpida en el exterior por un lapso superior a los dos años, la que será legalizada por el servicio consular respectivo.

g) Declaración de ampararse expresamente a la ley que se reglamenta y al presente Decreto.

Art. 4º.- Con la documentación correspondiente se formará expediente, el que será remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Ministerio de Economía y Finanzas.

El Ministerio de Economía y Finanzas será el competente para autorizar la exoneración de la totalidad de los derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos –incluidos los precios relativos a la importación- respecto de todos o parte de los bienes detallados y verificados por los servicios consulares respectivos.

Art. 5º.- Sólo se admitirá un vehículo automotor por interesado y por única vez por nacional uruguayo, quedando vedado el ingreso de vehículos de mas de dos ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor homes y ómnibus de todas sus modalidades.

Quedará asimismo prohibido el ingreso de todo tipo de embarcaciones y aeronaves mediante el amparo al presente régimen.

Dicho vehículo no podrá ser enajenado ni transferido por un lapso de 2 años a contar desde su ingreso a la República, debiendo empadronarse directamente por el interesado en el Gobierno Departamental del domicilio denunciado, dentro de los 30 días del desaduanamiento.

Art. 6º.- Las personas amparadas al presente régimen deberán presentarse en forma anual con constancia de entrada y salida del país expedida por la Dirección Nacional de Migración y durante el lapso de los cuatro años siguientes a contar desde el inicio del trámite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores a efectos de acreditar su residencia en el país.

Art. 7º.- Para el caso que el interesado opte por iniciar el trámite desde el territorio nacional, la gestión deberá iniciarse dentro de los 60 días de su retorno al país ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Art. 8º.- El régimen que se reglamenta será de aplicación para los trámites iniciados ante las oficinas consulares respectivas a partir del 1º de febrero de 2008.

Art. 9º.- Los costos de traslado, seguros y almacenaje, no están incluidos en las exoneraciones previstas en la presente reglamentación siendo en todos los casos, las mismas, de cargo de los interesados.

Art. 10º.- Cualquier incumplimiento material o formal de la presente reglamentación constatado, previa vista en el domicilio constituido según el artículo 3 del presente Decreto, aparejará la pérdida de la totalidad de beneficios tributarios mediante la revocación de la autorización concedida, lo cual se comunicará a la Dirección Nacional de Aduanas y a la Dirección General Impositiva a sus efectos.

Art. 11º.- Declárase la gratuidad de los trámites relacionados con el presente Decreto ante cualquier organismo público interviniente.

La circunstancia de ampararse al régimen que se reglamenta por el presente Decreto, es incompatible con regímenes similares o análogos para categorías especiales de personas o funcionarios.

El solicitante que regresa al país, debe ser una persona física y no jurídica, debiendo estar el vehículo a nombre de dicha persona y no de una empresa o sociedad que pudiese tener el mismo en el exterior.

Para el caso de vehículos a introducirse que tengan el sistema de dirección a la derecha, se advierte que en caso de ser autorizada la exoneración de los tributos y gravámenes correspondientes al amparo del presente régimen, que es de exclusiva responsabilidad de los interesados que se autorice el uso del vehículo por las respectivas Intendencias Municipales.

Las actuaciones consulares son gratuitas en virtud del artículo 76 de la Ley Nº 18.250.

Documentación necesaria para la presentación de un expediente de vehículo automotor

1) Título de propiedad del vehículo debidamente legalizado y traducido. Debe existir constancia de que el interesado es propietario del vehículo con un año de antigüedad al menos.

La traducción debe ser efectuada por el propio Consulado uruguayo o por un Traductor Público en Uruguay.

2) Certificado de residencia, emitido por el Consulado correspondiente o legalizado por el mismo. El Decreto exige un mínimo de dos años residencia del interesado en el exterior.

3) Certificado de la Dirección de Migraciones, donde conste el historial completo de entradas y salidas del interesado a la República. (Misiones 1513)

4) Fotocopia de documentos del interesado y su núcleo familiar con quien retorna (cédula de identidad y pasaporte).

5) Declaración jurada. La misma podrá efectuarse ante el Cónsul respectivo, o estando el interesado en el país, ante Escribano Público.

PARA IMPORTACIONES DE VEHÍCULOS USADOS EN URUGUAY BAJO RÉGIMEN COMÚN DE IMPORTACIÓN

VER EL SIGUIENTE ENLACE: VEHÍCULOS USADOS EN URUGUAY

658 comentarios en “Decreto 330/08 – Importar Autos usados a Uruguay solo para retornos al país

  1. hOLA, VIVO EN LA FRONTERA CON BRASIL. QUISIERA COMPRAR UNA MOTO BRASILERA. PUEDO TENERLA Y SALIR CADA 90 DIAS SIN PROBLEMAS???

  2. HOLA.SOY URUGUAYO,TENGO AUTO ARGENTINO HACE MAS DE UN AÑO. ESTOY JUBILADO EN ARGENTINA Y AHORA RESIDO EN URUGUAY.LA PREGUNTA ES SI PUEDO HACER USO DEL DECRETO 330/08.Y SI PUEDO QUE DEBO HACER, GRACIAS

  3. Hola yo vivo en Estados Unidoshace 16 años quiero saver de que año tiene que ser el Auto para ingresar a Uruguay ?

  4. buenas noches soy argentino y tengo una empresa uruguaya y paga los impusestos correspondientes en ese pais puedo llevar un auto 0k y que impuestos me cobrarian.
    Gracias Adrian

  5. buenos dias. soy argentino y pienso radicarme en uruguay. tengo auto argentino y preciso saber que documentos y/o tramites preciso hacer para utilizar libremente el auto en montevideo. desde ya, estaré sumamente agradecido por la ayuda.
    saludos,

  6. yO VIVO EN eSPAÑA YA HACE 16 AÑOS Y ME GUSTARIA SABER QUE ANTIGUEDAD TIENE QUE TENER EL COCHE PARA PODER LLEVARLO PARA EL URUGUAY , MI COCHE TIENE 22 AÑOS !!! ME LO PUEDO LLEVAR , desde ya muchas gracias

  7. Hola quiero comprar un auto en argentina y usarlo en uruguay vivo y trabajo en montevideo quiero usarlo libremente en dicho pais ¿que es lo que necesito? PUEDO registrarlo en uruguay y usar chapa uruguaya??desde ya muchas gracias

  8. Buenas tardes.TENgo cedula fronteriza de santana do livramento vivo en Rivera. Yo tengo un auto a mi nombre y quicieea viajar a montevideo con el . Ya que trabajo en rivera y montevideo y ocasionalmente viajo. Tengo algún problema de viajar con el a montevideo ? O tendría que realizar algúna documentación par poder circular. Desde ya gracias

  9. Quisiera comprar un auto en México y trasnportarlo a uruguay que documentos NECESITO y cuanto seria el impuesto de exportación?

  10. Hola soy brasileño con nacionalidad uruguaya vivo y trabajo en montevideo y me gustaría saber si puedo traer mi auto brasileño para uruguay.

  11. Buenas tarde! Soy uruguaya pero hace 14 AÑOS que vivO en usa soy legalisada , Me Estoy regresando a vivir a uruguay y quieRo llevar mi automobil . me gusta sabes cuales son los costo del los tramites y el traslado y Informacion por donde debo Empesar toDos los tRamites .. gracias

  12. Hola soy Argentino y acabo de obtener la nacionalidad Uruguaya por ser nieto de Uruguaya. Me estoy por mudar a Uruguay a fin de año y quiero saber como tramitar mi camioneta Argentina para patentarla en maldonado Uruguay. Gracias

  13. buenas tardes, soy argentina, con residencia definitiva en Uruguay y cedula uruguaya.Vivo en Colonia.Quisera saber,tengo vehiculo argentino, con el que me vine a uruguay desde el 2012.mi pregunta es, que tramites tengo o debo hacer para radicar el coche en uruguay ?? .muchas gracias

  14. Buenas tardes, les hago la siguiente consulta:
    un uruguayo vive en eeuu con visa de estudiante que le permite conducir, trabajar, etc.
    en este caso el ADQUIRIÓ un VEHÍCULO ALLÁ y lo quiere traer AMPARÁNDOSE a esta ley, puede?
    en caso de ser posible cual seria el costo y cual es la documentación que necesita enviarles para el tramite?
    Muchas gracias
    saludos
    paula valentin

  15. Hola soy Argentino Radicado en uruguay en nueva palmira, puedo traerme un auto argentino. yo viajo todos los meses a Argentina para ver a mis hijos y mi madre. cuales son las condiciones para traer un auto y usarlo sin problema con las leyes actuales. espero su respuesta ,desde ya muchas gracias

  16. Tengo unos pesos y ando con ganas de tener un Chevelle 1968 , quiero comprarlo en usa por internet , en 1 mes llegaría …puedo comprarlo pero puedo usarlo?… Gracias…

  17. Hola buenas tardes,

    mi madre vive en españa tiene todo los papeles y VIVÍ en españa hace unos años ATRÁS y TAMBIÉN tenia los papeles. lo que yo QUERÍA saber que se necesitar para poder traer un auto de españa a uruguay.

  18. buenas tardes, resido en Brasil a mas de 10 años preciso traer muebles de mi casa, material de trabajo y un auto. que debo hacer? adonde me dirijo para tramitar todo esto?
    el costo del traslado es por mi cuenta? desde ya muchas gracias

  19. Hola buenas noches. Quisiera saber si puedo comprar un auto en Estados Unidos, e importarlo a Uruguay ?X que tengo un amigo allá,el cual me podria enviar el vehículo, pero me gustaría saber si se puede hacer eso o no. Y en caso de que se pueda,cuanto saldría traerlo? Y cuanto saldría empadronarlo acá.

  20. PREGUNTA, SEGÚN LO QUE ENTENDÍ, HAY QUE ESPERAR 2 AÑOS LUEGO DE HABER RETORNADO A URUGUAY PARA PODER TRAER EL VEHÍCULO? ES ASÍ? O SE PUEDE TRAER AL MOMENTO DE TRAMITAR EL CAMBIO DE RESIDENCIA DEL EXTERIOR A URUGUAY?
    GRACIAS

  21. Hola soy uruguayo mi hermano vive en argentina y me regaló un gol del año 90 lo puedo traer y empadronar lo en monte video gracias. ..

  22. la consulta es la siguiente , tengo que traer una casa rodante usada desde argentina valuada en 45.000.- pesos argentinos quisiera saber que gatos totales tengo para ingresarla a uruguay y empadronarla ACÁ mi esposo es uruguayo y tiene documento argentino pues VIVIÓ once, AÑOS AHÍ ,hace quince que esta permanente en uruguay y hemos vuelto como turista y yo soy argentina radicada desde hace mas de 15 años en uruguay. desde ya mucha gracias espero su infomacion

  23. hOLA, mi pais de nacimiento es argentia. ME ACABan de conceder la residencia definitiva, y cedula de uruguay. de acuerdo a la ley 16340 siendo jubilado y pudiendo acreditar mayor ingreso a U$D 1.500, ademas soy propietario de un inmueble adquirido con posterioridad a la sancion de la ley (año 1995). Mi intencion es importar un vehiculo usado comprado en estados unidos.
    la pregunta es si consideran factible la importacion y los tramites que deberia hacer para traerlo a uruguay.

  24. Estimados, cuales sería el costo de importancion de un vehiculo desde australia de los años 90?

  25. Vivo en paraguay hace un año, tengo vehiculo a mi nombre.-
    hay un regimen especial ademas del dec 330/08, para paises del mercosur

  26. hola quisiera saber como es el papeleo si quiero comprar un auto en argentina y quiero pasarlo a uruguay que tramites se hacen y que hay que abonar para que pueda traerlo. me gustaria si me pueden dar detalladamente los pasos a seguir desde ya muchas gracias

  27. Buenas noches! Mi situación es la siguiente… Yo soy uruguayo pero mi padre es brasilero.. Mi padre me hizo un poder para circular en el automóvil. En Brasil no tengo problema de circulación ninguno… Pero quisiera saber si en Uruguay lo puedo hacer sin problemas tras efectuar los tramites correspondientes de migración como salida del automóvil de Brasil y entrada a Uruguay. Muchas gracias

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