Decreto 330/08 – Importar Autos usados a Uruguay solo para retornos al país

De los Ingresos de vehículos al país…

Ley 18.250 , Art. 76: Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos oficiales:

A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

C) Por única vez, un vehículo automotor de su propiedad, el que no podrá ser transferido hasta transcurrido un plazo de dos años a contar desde su ingreso a la República. El régimen a que esté sujeto el automotor deberá constar en los documentos de empadronamiento municipal y en el Registro Nacional de Automotores”.

El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Municipal correspondiente.

El Decreto 572/994 reglamenta el procedimiento de ingreso de enseres y herramientas de extranjeros y ciudadanos uruguayos que ingresan al territorio del MERCOSUR.

El Decreto 330/08 regula el procedimiento y las condiciones para el ingreso de los vehículos automotores.

Decreto 330/08

Art. 1º.- Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior, que decida retornar en forma definitiva al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos, incluidos los precios vinculados a la importación:

a) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

b) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

c) Por única vez, un vehículo automotor de su propiedad.

Los bienes referidos en los literales a) y b), se tramitarán por el procedimiento previsto en el Decreto 572/994.

Los bienes referidos en el literal c) se regularán por el presente Decreto.

Art. 2º.- A los efectos del presente Decreto, se entiende por uruguayo a toda persona hombre o mujer nacida en cualquier punto del territorio de la República, así como los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento.

Art. 3º.- A los efectos de ampararse en la presente reglamentación, el interesado deberá iniciar el trámite respectivo debiendo acompañar la siguiente información:

a) Datos personales completos del interesado con documentación respaldante de su profesión, arte u oficio mediante título o nota institucional, y datos completos de los integrantes de su núcleo familiar con quienes se proyecta retornar al país.

b) Constancia de actividad laboral del interesado y los demás integrantes del núcleo familiar con quien proyecta retornar al país.

c) Domicilio a constituir en el país, el cual no podrá ser modificado sin comunicación previa al Ministerio de Relaciones Exteriores por el plazo de 2 años a contar desde su ingreso a la República.

d) Documento público o privado que acredite que el titular del trámite es propietario de un vehículo automotor adquirido y afectado al uso en el país de residencia, con un mínimo de un año de antigüedad al momento del retorno. Dicha documentación se proporcionará con la correspondiente traducción y será legalizada por el servicio consular interviniente, debiendo constar número de motor, chasis, padrón y demás datos identificatorios.

e) Declaración jurada personal donde conste decisión de retornar al país y radicarse definitivamente en él.

f) Documentación acreditante de haber tenido residencia permanente e ininterrumpida en el exterior por un lapso superior a los dos años, la que será legalizada por el servicio consular respectivo.

g) Declaración de ampararse expresamente a la ley que se reglamenta y al presente Decreto.

Art. 4º.- Con la documentación correspondiente se formará expediente, el que será remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Ministerio de Economía y Finanzas.

El Ministerio de Economía y Finanzas será el competente para autorizar la exoneración de la totalidad de los derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos –incluidos los precios relativos a la importación- respecto de todos o parte de los bienes detallados y verificados por los servicios consulares respectivos.

Art. 5º.- Sólo se admitirá un vehículo automotor por interesado y por única vez por nacional uruguayo, quedando vedado el ingreso de vehículos de mas de dos ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor homes y ómnibus de todas sus modalidades.

Quedará asimismo prohibido el ingreso de todo tipo de embarcaciones y aeronaves mediante el amparo al presente régimen.

Dicho vehículo no podrá ser enajenado ni transferido por un lapso de 2 años a contar desde su ingreso a la República, debiendo empadronarse directamente por el interesado en el Gobierno Departamental del domicilio denunciado, dentro de los 30 días del desaduanamiento.

Art. 6º.- Las personas amparadas al presente régimen deberán presentarse en forma anual con constancia de entrada y salida del país expedida por la Dirección Nacional de Migración y durante el lapso de los cuatro años siguientes a contar desde el inicio del trámite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores a efectos de acreditar su residencia en el país.

Art. 7º.- Para el caso que el interesado opte por iniciar el trámite desde el territorio nacional, la gestión deberá iniciarse dentro de los 60 días de su retorno al país ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Art. 8º.- El régimen que se reglamenta será de aplicación para los trámites iniciados ante las oficinas consulares respectivas a partir del 1º de febrero de 2008.

Art. 9º.- Los costos de traslado, seguros y almacenaje, no están incluidos en las exoneraciones previstas en la presente reglamentación siendo en todos los casos, las mismas, de cargo de los interesados.

Art. 10º.- Cualquier incumplimiento material o formal de la presente reglamentación constatado, previa vista en el domicilio constituido según el artículo 3 del presente Decreto, aparejará la pérdida de la totalidad de beneficios tributarios mediante la revocación de la autorización concedida, lo cual se comunicará a la Dirección Nacional de Aduanas y a la Dirección General Impositiva a sus efectos.

Art. 11º.- Declárase la gratuidad de los trámites relacionados con el presente Decreto ante cualquier organismo público interviniente.

La circunstancia de ampararse al régimen que se reglamenta por el presente Decreto, es incompatible con regímenes similares o análogos para categorías especiales de personas o funcionarios.

El solicitante que regresa al país, debe ser una persona física y no jurídica, debiendo estar el vehículo a nombre de dicha persona y no de una empresa o sociedad que pudiese tener el mismo en el exterior.

Para el caso de vehículos a introducirse que tengan el sistema de dirección a la derecha, se advierte que en caso de ser autorizada la exoneración de los tributos y gravámenes correspondientes al amparo del presente régimen, que es de exclusiva responsabilidad de los interesados que se autorice el uso del vehículo por las respectivas Intendencias Municipales.

Las actuaciones consulares son gratuitas en virtud del artículo 76 de la Ley Nº 18.250.

Documentación necesaria para la presentación de un expediente de vehículo automotor

1) Título de propiedad del vehículo debidamente legalizado y traducido. Debe existir constancia de que el interesado es propietario del vehículo con un año de antigüedad al menos.

La traducción debe ser efectuada por el propio Consulado uruguayo o por un Traductor Público en Uruguay.

2) Certificado de residencia, emitido por el Consulado correspondiente o legalizado por el mismo. El Decreto exige un mínimo de dos años residencia del interesado en el exterior.

3) Certificado de la Dirección de Migraciones, donde conste el historial completo de entradas y salidas del interesado a la República. (Misiones 1513)

4) Fotocopia de documentos del interesado y su núcleo familiar con quien retorna (cédula de identidad y pasaporte).

5) Declaración jurada. La misma podrá efectuarse ante el Cónsul respectivo, o estando el interesado en el país, ante Escribano Público.

PARA IMPORTACIONES DE VEHÍCULOS USADOS EN URUGUAY BAJO RÉGIMEN COMÚN DE IMPORTACIÓN

VER EL SIGUIENTE ENLACE: VEHÍCULOS USADOS EN URUGUAY

658 comentarios en “Decreto 330/08 – Importar Autos usados a Uruguay solo para retornos al país

  1. Hola me llamo andres quisiera saber como hai que hacer para circular un auto con matrícula brasilera acá en Uruguay porque compre un auto y tiene matricula brasilera

  2. hola soy miguel de uruguay y quisiera comprar un auto que esta empadronado en brasil y recide en rio branco uruguay que tramite hay que realiza o cual serian los requisitos que debe cumplir el auto brasilero para poder empadronar en uruguay

  3. Hola tEngo documentos Brasilero vivi en brasil y traje un auto esta s mi nombre donde puedo ver la reglamentacion cuanto tiempo puedo estar me dijeron que tengo que ir cada tres meses a brasil doy uruguayo gracias

  4. Hola, soy argentino, vivo en argentina pero viajo a uruguay seguido. ¿puedo comprar y ser titular de un vehículo de uruguay?

  5. hola Soy argentina y me vine a VIVIR A mONTEVIDEO Y TRAJE EL AUTO DE LA ARGENTINA HAY ALGUN PROBLEMA?

  6. HOLA YO SOY URUGUAYA HACE 33 AÑOS VIVO EN ARGENTINA TENGO UN AUTO MODELO 78 Y QUIERO LLEVARLO A URUUAY Y DEJARLO ALLA QUE TRAMITES TENGO QUE HACER GRACIAS

  7. Hola buenas tardes,
    quisiera saber si existe la posibilidad de ingresar al pais un auto comprado en el mercosur o en el exterior, accediendo al pais manejando. que impuestos hay que abonar para que el mismo pueda estar al dia aqui y si se puede cambiar la chapa a la uruguaya.
    desde ya muchas gracias!

  8. Natalia
    hola, yo quisiera llevar mi moto de uruguay a la argentina, porque me estoy yendo a vivir ahi. que necesito?? la tengo que radicar alla??? o la puedo mantener con su patente y propiedades uruguayas?? que tipo de seguro necesito???
    Gracias…

  9. Hola buenas noches…
    Tengo una pregunta.. Quiero comprar un auto bresilero con chapa brasilera puedo conducir en uruguay? De no poder hacerlo puedo cmbiarle la chapa por una uruguaya o directamente no puedo comprarlo? Espero respuestas gracias..

  10. Tengo 1 auto de Brasil ya q viví 3 anos en ese país y volví para URUGUAY con el auto como puedo hacer para ponerlo al día con chapa de URUGUAY gracias

  11. hola,soy uruguayo(no tengo nacionalidad brasileña),pero mi esposa tiene la doble nacionalidad.que tramites tengo que hacer para COmPRARme un auto en brasil y circular en uruguay?

  12. Buenas tardes, quisiera hacer algunas preguntas. ¿teniendo el documento temporal brasileño, puedo adquirir un auto brasileño? ¿puedo manejarlo con la libreta uruguaya? ¿puedo circular libremente sobre el territorio uruguayo teniendo la carta verde? desde ya, muchas gracias

  13. Buenas tArdes, quisiera hacer algunas preguntas. ¿teniendo el documento temporal brasileño puedo adquirir un VEHÍCULO brasileño? ¿puedo manejarlo con la libreta uruguaya? ¿puedo circular libremente en el territorio uruguayo teniendo la carta verde? desde ya, muchas gracias

  14. buenas tardes, le agradezco si me puede informar si es viable importar de UsA un jeep 1995-96. entraria en la categoria clasicos-sports?
    el valor del vehiculo ronda los usd 7.000, aqui se paga impuestos sobre aforo local?

    desde ya muchas gracias, saludos cordiales.

    esc. gabriel bofill

  15. Hola en el caso de querer comprar una moto en brasil y circular con ella acá tendría problemas? Tengo entendido que según una ley del Mercosur esto sería posible hasta donde es así gracias

  16. hola, soy italano y vivo aca´ en montevideo…queria saber si puedo traer mi auto desde l italia. estoy en tramite por la cedula trabajo aca´ , pago bps y dci tenendo una srl. ciao

  17. Buenas tardes! Tengo una amiga q se trae un auto de españa es uruguaya pEro vive hace 12 años alla ,
    Se viene a vivir a uruguay de nuevo. En el caso q No le vaya bien aca retornaria a españa. Pero sI se muda aca y se trae el auto, le exIgen un minimo de tiempo Sin salir de uruguay para españa por a ver dicho q se vendria a uRuguay definitivo y yraerse el auyo de alla?

  18. Buenas, soy nacido en argentina pero resido en uruguay hace 30 años. Soy nacional uruguayo, con CÉDULA uruguaya y dni argentino. Tengo la posibilidad de comprar un VEHÍCULO usado en argentina, pero quisiera saber si me pueden informar que costo tiene reempadronarlo en montevideo, o si hay posibilidades de usarlo AQUÍ con la chapa argentina. tengo residencia actual en montevideo. Muchas gracias desde ya

  19. hola, soy uruguaya con rg brasilero vivi 15 anhos en brasil y hace 7 meses que volvi a uruaguay..puedo comprarme un auto en brasil y traermelo? que papeles se necesitan para circular con un auto brasilero aqui en uruguay?

  20. Hola me gustaria saber como puedo hacer para comprar un vehiculo que en uruguay no existe….. tendria que comprarlo en argentina…. Puedo=? y luego matricularlo en uruguay? desde ya gracias
    att Jimena

  21. Soy uruguayo y quiero permutar una camioneta con chapa uruguaya x un peugeot de chapa brazileña sera que lo puedo circular en el

  22. Hola que tal soy uruguaya mi consulta es TENGO familia en Brasil yo puedo comprar un veiculo en Brasil y usarlo en Uruguay en el período que trabaje y vaya a Brasil en bacasaciones que trámites debería de hacer o es mejor que tenga vivienda en Brasil aunque trabaje en Uruguay

  23. sOY URUGUAYO PERO TAMbien español y tengo por logica pasaporte de la union europea y libreta de conducir de usa y de uruguay. pregunto ¿puedo conducir un vehiculo con matricula extranjera en uruguay?. si es asi por cuanto tiempo y en que condiciones. si el vehiculo es comprado por mi en brasil o argentina (como español lo puedo hacer) ¿puedo ingresarlo legalmente a uruguay?

  24. Hola, soy uruguaya y he vivido siempre en uruguay. es posible importar un vehiculo 0km o usado de brasil? ir, comprar un vehículo y luego nacionalizarlo? que costos implica?
    en el caso de no ser posible, que sucede si compro el vehiculo y lo uso en uruguay con patente brasilera? deberia ir y venir cada tanto tiempo? gracias

  25. hola, soy español y trabajo en uruguay. que tengo que hacer y a donde ir para poder traerme mi coche de españa.

  26. Buenas tardes, soy uruguayo, viví 29 años en argentina y estoy retornando al país, mi consulta es que trámite tengo que realizar para empadronar mi auto argentino en uruguay. desde ya muchas muchas muchas gracias, feliz año.
    quien suscribe, miguel, los saluda atentamente.

  27. buenas tardes!! mi marido y yo vivimos 4 años en Curitiba Brasil, nos trajimos el auto ya hicimos todos los tramites sin problemas, el 23 de diciembre fue emplacado con la chapa de Uruguay, mi gran pregunta es como tenemos que hacer para devolver las placas de Curitiba ya que llamo a la Detran de halla y no me saben informar bien.
    Aguardo respuesta gracias.

  28. Hola, SOy brasilera Y vivo en URUGUAy. Puedo comprar un auto en BRASIL? QUE necesito? Cada cuanto TIempo TENGO que ir a reempadronarlo?

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