De los Ingresos de vehículos al país…
Ley 18.250 , Art. 76: Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos oficiales:
A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.
B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.
C) Por única vez, un vehículo automotor de su propiedad, el que no podrá ser transferido hasta transcurrido un plazo de dos años a contar desde su ingreso a la República. El régimen a que esté sujeto el automotor deberá constar en los documentos de empadronamiento municipal y en el Registro Nacional de Automotores”.
El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Municipal correspondiente.
El Decreto 572/994 reglamenta el procedimiento de ingreso de enseres y herramientas de extranjeros y ciudadanos uruguayos que ingresan al territorio del MERCOSUR.
El Decreto 330/08 regula el procedimiento y las condiciones para el ingreso de los vehículos automotores.
Decreto 330/08
Art. 1º.- Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior, que decida retornar en forma definitiva al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos, incluidos los precios vinculados a la importación:
a) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.
b) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.
c) Por única vez, un vehículo automotor de su propiedad.
Los bienes referidos en los literales a) y b), se tramitarán por el procedimiento previsto en el Decreto 572/994.
Los bienes referidos en el literal c) se regularán por el presente Decreto.
Art. 2º.- A los efectos del presente Decreto, se entiende por uruguayo a toda persona hombre o mujer nacida en cualquier punto del territorio de la República, así como los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento.
Art. 3º.- A los efectos de ampararse en la presente reglamentación, el interesado deberá iniciar el trámite respectivo debiendo acompañar la siguiente información:
a) Datos personales completos del interesado con documentación respaldante de su profesión, arte u oficio mediante título o nota institucional, y datos completos de los integrantes de su núcleo familiar con quienes se proyecta retornar al país.
b) Constancia de actividad laboral del interesado y los demás integrantes del núcleo familiar con quien proyecta retornar al país.
c) Domicilio a constituir en el país, el cual no podrá ser modificado sin comunicación previa al Ministerio de Relaciones Exteriores por el plazo de 2 años a contar desde su ingreso a la República.
d) Documento público o privado que acredite que el titular del trámite es propietario de un vehículo automotor adquirido y afectado al uso en el país de residencia, con un mínimo de un año de antigüedad al momento del retorno. Dicha documentación se proporcionará con la correspondiente traducción y será legalizada por el servicio consular interviniente, debiendo constar número de motor, chasis, padrón y demás datos identificatorios.
e) Declaración jurada personal donde conste decisión de retornar al país y radicarse definitivamente en él.
f) Documentación acreditante de haber tenido residencia permanente e ininterrumpida en el exterior por un lapso superior a los dos años, la que será legalizada por el servicio consular respectivo.
g) Declaración de ampararse expresamente a la ley que se reglamenta y al presente Decreto.
Art. 4º.- Con la documentación correspondiente se formará expediente, el que será remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Ministerio de Economía y Finanzas.
El Ministerio de Economía y Finanzas será el competente para autorizar la exoneración de la totalidad de los derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos –incluidos los precios relativos a la importación- respecto de todos o parte de los bienes detallados y verificados por los servicios consulares respectivos.
Art. 5º.- Sólo se admitirá un vehículo automotor por interesado y por única vez por nacional uruguayo, quedando vedado el ingreso de vehículos de mas de dos ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor homes y ómnibus de todas sus modalidades.
Quedará asimismo prohibido el ingreso de todo tipo de embarcaciones y aeronaves mediante el amparo al presente régimen.
Dicho vehículo no podrá ser enajenado ni transferido por un lapso de 2 años a contar desde su ingreso a la República, debiendo empadronarse directamente por el interesado en el Gobierno Departamental del domicilio denunciado, dentro de los 30 días del desaduanamiento.
Art. 6º.- Las personas amparadas al presente régimen deberán presentarse en forma anual con constancia de entrada y salida del país expedida por la Dirección Nacional de Migración y durante el lapso de los cuatro años siguientes a contar desde el inicio del trámite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores a efectos de acreditar su residencia en el país.
Art. 7º.- Para el caso que el interesado opte por iniciar el trámite desde el territorio nacional, la gestión deberá iniciarse dentro de los 60 días de su retorno al país ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Art. 8º.- El régimen que se reglamenta será de aplicación para los trámites iniciados ante las oficinas consulares respectivas a partir del 1º de febrero de 2008.
Art. 9º.- Los costos de traslado, seguros y almacenaje, no están incluidos en las exoneraciones previstas en la presente reglamentación siendo en todos los casos, las mismas, de cargo de los interesados.
Art. 10º.- Cualquier incumplimiento material o formal de la presente reglamentación constatado, previa vista en el domicilio constituido según el artículo 3 del presente Decreto, aparejará la pérdida de la totalidad de beneficios tributarios mediante la revocación de la autorización concedida, lo cual se comunicará a la Dirección Nacional de Aduanas y a la Dirección General Impositiva a sus efectos.
Art. 11º.- Declárase la gratuidad de los trámites relacionados con el presente Decreto ante cualquier organismo público interviniente.
La circunstancia de ampararse al régimen que se reglamenta por el presente Decreto, es incompatible con regímenes similares o análogos para categorías especiales de personas o funcionarios.
El solicitante que regresa al país, debe ser una persona física y no jurídica, debiendo estar el vehículo a nombre de dicha persona y no de una empresa o sociedad que pudiese tener el mismo en el exterior.
Para el caso de vehículos a introducirse que tengan el sistema de dirección a la derecha, se advierte que en caso de ser autorizada la exoneración de los tributos y gravámenes correspondientes al amparo del presente régimen, que es de exclusiva responsabilidad de los interesados que se autorice el uso del vehículo por las respectivas Intendencias Municipales.
Las actuaciones consulares son gratuitas en virtud del artículo 76 de la Ley Nº 18.250.
Documentación necesaria para la presentación de un expediente de vehículo automotor
1) Título de propiedad del vehículo debidamente legalizado y traducido. Debe existir constancia de que el interesado es propietario del vehículo con un año de antigüedad al menos.
La traducción debe ser efectuada por el propio Consulado uruguayo o por un Traductor Público en Uruguay.
2) Certificado de residencia, emitido por el Consulado correspondiente o legalizado por el mismo. El Decreto exige un mínimo de dos años residencia del interesado en el exterior.
3) Certificado de la Dirección de Migraciones, donde conste el historial completo de entradas y salidas del interesado a la República. (Misiones 1513)
4) Fotocopia de documentos del interesado y su núcleo familiar con quien retorna (cédula de identidad y pasaporte).
5) Declaración jurada. La misma podrá efectuarse ante el Cónsul respectivo, o estando el interesado en el país, ante Escribano Público.
PARA IMPORTACIONES DE VEHÍCULOS USADOS EN URUGUAY BAJO RÉGIMEN COMÚN DE IMPORTACIÓN
VER EL SIGUIENTE ENLACE: VEHÍCULOS USADOS EN URUGUAY
SOY CIUDADANA ITALIANA (EN MISSION DIPLOMATICA) Y QUIERO tener algunas aclaraciones sobre la importacion temporanea de mi vehiculo, en prevision de mi llegada a Uruguay por los fines de octubre para asumir en el Consulado de Italia con carga de cancillier administrativo (MISSION DIPLOMATICA).
He leìdo las disposiciones de la aduana uruguaya que encontrè en el sitio de la Aduana (http://ftp.aduanas.gub.uy/PreguntasFrecuentes.php?Pregunta=TU) y he comprendido que tengo derecho a un solo vehiculo en Franquicia (VEHÍCULOS USADOS: Existen excepciones al ingreso de vehículos usados solo para Franquicias por Misiones en el Exterior o Regímenes Especiales : Diplomáticos, Funcionarios del Servicio Exterior, Oficiales de las Fuerzas Armadas, Oficiales de Policía, Discapacitados (Decreto 35/2006 de 13 de Febrero de 2006).
mi vehiculo (Porsche Cayenne S) es del 2004 y, QUIERO SER SEGURA QUE por vehiculos usados existen excepciones al ingreso solo para Franquicias por Misiones en el Exterior o Regimenes Especiales cuale Diplomaticos, Funcionarios del Servicio Exterior, Oficiales de las Fuerzas Armadas, Oficiales de Policia, Discapacitados.
Si no entendì mal, el personal que pertenece a una Mision Diplomatica (con cualquier titulo: Personal diplomatico y personal administrativo ecc.) son excluidos del art. 1 letra a) de la Ley 17.887 que prohibe el ingreso de vehiculos usados en el Pais en cuanto viola los derechos del personal que se encuentra en mision con Organismos Internacionales y/o Misiones Diplomaticas.
Dicho esto quisiera preguntarle si puedo importar de manera temporal en franquicia diplomatica mi vehiculo, aclarando que no es mi intencion venderla en Uruguay porque al final de mi mision lleverò mi vehiculo conmigo en mi proximo pais de asignacion.
Hola me llamo nicolas, vivo en italia hace ya 2 años y nesesito comprarme un auto. pero dos mese despues de comprarlo me volveria a vivir a uruguay. Me gustaria saber si me lo puedo llevar y si me cobrarian. vi que hay una ley que lo permite pero pone la condicion que tengo que tener el auto a nombre mio por mas de un año. Me gustaria saber si lo puedo llevar igual y cuanto me cobrarian de impuestos o si puedo estar exento igual. tambien me gustaria saber cuanto cuesta el envio martitimo del coche y si le puedo incluir 4 balijas de ropa mia y de mi mujer. Muchas gracias por su alluda
Nicolas Cassinelli
Hola estuve en España en barias oportunidades en 2008 ..2 meses en 2010 ..3 meses en 2011..9 meses en 2012..6 meses y me voy x todo un año .Tengo el NIE .ESPAÑOL y empadronado en la casa de mi hijo hace 2 años .cOMO mi hijo se VENDRÁ mi consulta es si podre traer un auto de bajo costo . Si fuera tan amable de darme una respuesta gracias ………….
hOLA soy uruguayo y tengo mas de 10 años en usa tengo un auto y tres motos los puedo llevar todos bajo la 330/08? en caso de no poderse cuanto seria lo que hay que pagar por cada moto? desde ya muchas gracias
hola soy uruguaya y vivi 6 aços en brasil volvi para uruguay hace 3 meses y tengo un auto brasilero como puedo hacer para legalisarlo en uruguay .puedo circular con un auto brasilero teniendo la documentacion brasilera gracias espero respuesta
buenas,soy argentino con madre urugaya de niño vivi un año en uruguay y adquiri la decula ahora tengo 26 años y y estoy mas tiempo en urugay que en argentina por emfermedad de mi madre mi pregunta es si puedo tener mi vehiculo argentino en uruguay ya que estoy hace 2 meses y no tengo la seguridad de volver a argentina por un tiempo solo estaria viajando en el vehiculo cada 2 o 3 meses por mi trabajo espero su respuesta muchas gracias
NO ES POSIBLE LAURA, LA IMPORTACION DE USADOS ESTA PROHIBIDA EN URUGUAY Y PARA EMPADRONARLO AQUI PRIMERO SE DEBE NACIONALIZAR ESE AUTO.
SALUDOS,
hola soy argentina y tengo la residencia temporal de uruguay. tengo mi vehiculo chapa argentina y me gustaría empadronarlo en uruguay. como puedo hacer? gracias.
Estimados: Estoy residiendo hace dos años en paraguay, tengo status diplomatico porque soy director ejecutivo del instituto social del mercosur (organo del bloque con sede permanente en asuncion). Tengo la ciudadania legal uruguaya desde hace mas de veinte años. en mi retorno definitivo al uruguay llevo conmigo los bienes del hogar y un vehiculo, para el cual necesito saber si aplica el decreto 330/08 y que debo hacer. gracias
soy argentino con madre argentina, padre uruguayo tengo 23 años y doble nacionalidad por lo tanto tengo dni y cédula de identidad uruguaya, vivo desde que tengo 1 año en uruguay quisiera comprar un auto usado en argentina y traerlo para uruguay. que tramites tengo que hacer? cuanto dinero me saldría todo el tramite? tengo que reenpadronarlo en uruguay o puedo circular con chapa de argentina?
Hola, tengo MI TíO QUE ES uruguayo Y RESIDE EN España HACE 6 años Y VIENE DE paseo EN setiembre Y ME quiere TRAER DE regalo UNA MOTO DEPORTIVA DE SEGUNDA mano; QUE TRÁMITES TIENE que HACER él Y/O YO. Gracias
Q TAL? TENGO FAMILIARES VIVIENDO EN ESTADOS UNIDOS Y QUIEREN ENVIARME UN AUTO USADO DESDE ALLA. CUALES SERIAN LOS TRAMITES Q DEBO REALIZAR Y CUAL SERIA EL COSTO?? ESPERO RESPUESTA. GRACIAS
Hola, soy brasilera, voy a vivir en uruguay, pero sin estar residente, pero tengo una proppriedad ahi. mi auto de brasil, gostaria de trasnferir para uy y dejarlo aya. es possible? donde busco informacion para hhacer el tramite? gracias.
hola , tengo un auto a nombre mio que tiene mas de 20 años ,lo puedo impòrtar a uruguay?cuanto pago de impuestos?soy uruguayo mi auto es de españa . otra consulta,puedo donarlo a una ong, en caso de donarlo a una ong, esta puede importarlo, y si pudiera, debe pagar impuestos? gracias por atender mi consulta, saludos
Hola yo soy argentina y hace años que vivo en uruguay mi pareja es uruguayo y queremos saber cuanto saldria importar un auto de alla. Muchas gracias
Hola que tal mi pregunta es tengo a mi padre viviendo en estados unidos hace como 10 años y si se viene pero un tiempo nomas y se regresa pero se quiere traer un auto cual como es en esa SITUACIÓN a y 2 motos?
Hola! Vivo en uruguay, un amigo de eeuu quiere regalarme un auto usado de alla. Hay una forma legal de traerlo? Puedo legalizarlo en uruguay? Espero su respuesta
Me parece una ley totalmente fuera de lo normal,no puede ser que aca un auto por ejemplo Peugeot 206 xs del año 2008 te lo vendan a 18.000 dolares (Como barato) y en Argentina te vendan el mismo auto a 12.ooo dolares (Como caro) es por estas leyes que somos un pais tercermundista y siempre lo seremos hay una diferencia NOTABLE desde argentina a uruguay y eso que estamos a 700 y algo de km la verdad que esto me parece muy absurdo pero bueno asi esta el pais dentro de un par de años un Chery qq va a valer como un bmw y los de clase media siempre tendremos el Fiat uno que para dentro de un par de años mas vale 12 o 13.000 dolares,»festejen uruguayos»
yo soy uruguayo y nunca sali del pais quiero comprar un auto en argetina que tengo que aser??
SoY URUGUAYO, NUNCA VIVI EN EL EXTERIOR. QUE TRAMITES DEBO HACER PARA IMPORTAR UN AUTO NUEVO O USADO DESDE ARGENTINA. mUCHAS GRACIAS!
Hola buenos dias, mi nombre es mauricio, la siguiente pregunta consiste, si me pueden explicar como traer un auto y dejarlo en regla aqui en uruguay, una prima mia esta viviendo en brasil en estos momentos y esta tratando de venirse de vuelta Montevideo Uruguay, y quiere regalarme un coche.
No se bien que tramites hay que hacer, y ver que viabilidad hay para tramitar los papeles y el coche aqui….
si me pueden explicar desde ya muchas gracias
hola , bueno yo estoy en españa mas 10 años y quisiera retornar , mi pregunta es si puedo llevarme un camion de dos ejes y he estado leyendo la ley, pero no la entiendo por que dice algo de veda para los camiones y estoy confuso , gracias
hola de nuevo quiero comprar un auto chevrolet spark 0km que en argentina sale 11000 dolares quiero saber cuanto me sale traerlo y empadronarlo aca en uruguay
hola mi pregunta es la siguiente tengo un amigo en ee.uu el me regalo un auto quiero saber si puedo traerlo a uruguay y empadronarlo el coche esta todo en regla en su pais podrian contestarme muchas gracias
Alejandra la importación en Uruguay de repuesto usados está prohibida, o son nuevos los que quieres exportar desde allí?
Saludos,
Hola me interesa saber Que se nesecitA para exportar repuestos de coches para Uruguay desde España , si alguien me puede informar gracias
Hola , soy uruguayo y nunca vivi en el exterior quisiera saber si puedo comprar un auto usado desde argentina y de ser asi que tramites debo hacer para traerlo a uruguay . gracias y espero su respuesta .
HOLA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE SOY URUGUAYO VIVÍ EN ARGENTINA APROXIMADAMENTE 18 AÑOS. EN EL 99 ME VINE CON MI FAMILIA QUE SON ARGENTINOS A VIVIR EN URUGUAY PREGUNTO ¿ME PUEDO COMPRAR AUTO USADO CON MI DNI ARGENTINO QUE LO TENGO VIGENTE Y TRAÉRMELO AL PAÍS ? GRACIAS ESPERO REPUESTAS .
Hola,me ofrecieron una camioneTa ford que fue donada A una persona que vive acá en Uruguay desde minNesota.el vehículo ya esta acá en UruguAy con chapa de allá y el hombre tiene todos los documentos . La Puedo empadronar yo o el? Se puede empadronar? Espero su pronta respuesta, gracias
Soy español, funcionario de la agencia española de cooperación internacional y a partir de agosto voy a residir en uruguay por cinco años. Me gustaria saber si puedo y como importar un carro de segunda mano a uruguay para uso personal. Gracias