compras por internet nuevo decreto

El nuevo decreto para las compras por internet o encomiendas postales (de entrega expresa) o (de entrega no expresa) ha sido explicado con preguntas y respuestas de una forma muy correcta de parte del Ministerio de Economía y Finanzas, por lo que no ha parecido muy importante subir el mismo.

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Aquí transcribimos la explicación de como aplicar la normativa del Decreto 356/014 en detalle:

Información que los destinatarios de encomiendas postales internacionales que quieran ampararse en el Decreto 356/014 deben tener presente

A) Condiciones del régimen
El régimen de encomiendas postales internacionales regulado por el Decreto 356/014 aplicará a partir del 1 de enero de 2015.
Dicho decreto modifica algunos de los requisitos previstos tanto por el régimen de encomiendas postales internacionales de entrega expresa (anteriormente regulado por el Decreto 184/2012) como por el régimen de encomiendas postales de entrega no expresa (anteriormente regulado por el Decreto 506/2001).
Los beneficios previstos por el presente régimen consisten en:
O – Una franquicia tributaria (exoneración del pago de todo tributo), para las encomiendas que cumpliendo los requisitos del régimen no superen los: usd 50 dólares (según valor en factura) en caso de entrega no expresa; o usd 200 dólares (según valor en aduana) en caso de entrega expresa.
• En los dos casos anteriores, de tratarse de un obsequio familiar se declarará el correspondiente valor de mercadería idéntica o similar.
O – La no necesidad de contratar un despachante de aduanas para el despacho de la mercadería.
Cualquiera sea la modalidad de ingreso de la encomienda (expresa o no expresa), la misma deberá cumplir simultáneamente con las siguientes condiciones para poder ampararse en los beneficios del presente régimen:
O – No podrá pesar más de 20 kilogramos
O – El destinatario de la misma deberá ser una persona física (no quedan amparadas en elrégimen las encomiendas en las que el destinatario sea una persona jurídica)
O – El destinatario de la misma debe ser mayor de edad (debe ser mayor de 18 años)
O – Deberá ser sin fines comerciales, esto es, la mercadería que ingrese al amparo de este régimen es para uso personal y no podrá comercializarse (no podrá venderse) o Cuando se trate de una compra, el pago de la correspondiente mercadería deberá realizarse mediante el uso de tarjeta de crédito o débito internacional, cuya titularidadcoincida con el titular de la compra y con el destinatario de la encomienda. Esto implica que no se ampararán en el régimen las encomiendas que contengan compras que hayan utilizado un medio de pago distinto del de una tarjeta de crédito o débito internacional a nombre del titular de la encomienda.
Una misma persona podrá hacer uso de los beneficios del régimen solo hasta 5 veces por año civil, salvo para el caso de libros y medicamentos de uso personal, los que podrán ingresar amparados en el régimen sin restricción de frecuencia en el año civil.
No podrán ampararse en el régimen las mercaderías que se encuentren gravadas por el Impuesto Específico Interno (IMESI). Esto es, no podrán traerse bajo el régimen:
O – Bebidas alcohólicas
O – Bebidas concentradas sin alcohol (ejemplo: productos alimenticios concentrados sólidos o líquidos como ser suplementos nutricionales)
O – Cigarrillos y tabacos
O – Aceites y grasas lubricantes
O – Artículos de perfumería
O – Cosméticos
B) Información que los usuarios del régimen de encomiendas deberán proveer a su operador postal cuando éste lo solicite A partir del 1 de enero de 2015 los destinatarios de encomiendas que busquen ampararse en el presente régimen deberán informar a su operador postal los siguientes datos relacionados con cada operación:
o Cédula de identidad del titular de la encomienda
o Nombre completo del titular de la encomienda
o Domicilio del titular de la encomienda
o Descripción detallada de la mercadería, según factura de origen o declaración de valor
o Valor de la mercadería A partir del 1 de julio de 2015 los destinatarios de encomiendas que busquen ampararse en el presente régimen deberán informar a su operador postal los siguientes datos, adicionales a los que ya informaban desde el 1 de enero de 2015:
O – Descripción de la mercadería de conformidad con la codificación del Anexo 1 del Decreto356/014
O – Indicación de si se trata de una tarjeta de crédito o débito
O – Emisor de la tarjeta. Ejemplo: VISA, MASTER, American Express, etc.
O – Cuatro últimos dígitos del número de tarjeta de crédito o débito del titular de la compra que fuera utilizada en la correspondiente transacción
Los operadores postales solicitarán esta información a los usuarios, de la manera que entiendan operativamente más eficiente.

C) Listado de preguntas frecuentes
¿Cuántos envíos postales internacionales puedo recibir sin pagar impuestos (franquicia)?
Hasta 5 envíos recibidos por año civil, cualquiera sea la modalidad (expresa o no expresa) e independientemente de los operadores postales utilizados.
¿Qué requisitos debo cumplir para poder utilizar los 5 envíos postales exonerados de impuestos (franquicia)?
O – Ser una persona física mayor de edad, según su cédula de identidad uruguaya
O – Que el envío de la mercadería sea sin fines comerciales
O – Tenga un peso menor a los 20 kg
O – Que el envío postal este acompañado por la documentación que acredite el valor de la mercadería (factura de compra o, de ser un obsequio familiar, declaración de valor).
o En caso de que el envío contenga una compra, la misma tendrá que haber sido efectuada por el titular del envío y pagada mediante el uso de una tarjeta de crédito o débito internacional a su nombre.
o Que el envío no contenga productos prohibidos de ingresar al territorio nacional (como ser: drogas, armas, explosivos, productos sujetos a autorización sanitaria o fitosanitaria) o productos gravados por IMESI.
¿Qué modalidad de envíos considera la franquicia?
O – El envío no expreso para envíos por valor hasta los USD 50 (valor en factura).
O – El envío expreso para envíos por valor hasta los USD200 (valor incluyendo flete y seguro internacional)
O – Aclaración: Los envíos por valor mayor a los USD 50 para beneficiarse de la franquicia deberán ser tramitados solamente por correo expreso y siempre que no superen los USD 200 (incluido seguro y flete internacional)
¿Si mi envío es no expreso, tengo que considerar el seguro y flete internacional para ser cubierto por la franquicia? No.
¿Si mi envío es expreso, tengo que considerar el seguro y flete internacional para ser cubierto por la franquicia? Sí.
¿Qué se contabiliza en los 5 envíos postales que incluye la franquicia? Cualquier tipo de envío postal que sea recibido por la misma persona física mayor de edad. Ejemplo: un obsequio familiar, una compra de hasta USD 50 recibida a través del Correo Nacional y una compra realizada mediante entrega expresa (tanto del Correo Nacional como de un COURIER) por valor de hasta USD 200 (incluyendo el flete y seguro), conforman 3 cupos para el total de los 5 del año civil.
¿De qué forma acredito el valor de mi envío ante Aduana?
O – Para el caso que sea un obsequio familiar, mediante un documento en donde se declara el valor de la mercadería, basado en el valor de mercadería idéntica o similar.
O – Si son compras en el exterior, mediante la factura de compra. En este caso la Dirección Nacional de Aduanas podrá requerir, adicionalmente, la documentación que acredite el uso del medio de pago (tarjeta de crédito o débito internacional a nombre del titular del envío) correspondiente.
¿La Aduana podrá ajustar el valor declarado de la mercadería? Sí, en función de la normativa vigente.
¿Puedo usar una tarjeta de crédito internacional que haya sido emitida como extensión de la tarjeta de otra persona? Sí, en tanto en el cartón de la tarjeta figure el nombre completo de quien la utiliza.
¿Qué datos referidos al medio de pago deberán proveerse? Los últimos 4 números de la tarjeta de crédito o débito internacional, el nombre del titular de la tarjeta (nombre completo que figura en el cartón) y el emisor de la misma (VISA, MASTERCARD, DINNERS, otros). No es necesario proveer el nombre del Banco correspondiente.
¿Qué sucede si recibo más de 5 envíos al año? En este caso solo 5 envíos gozarán de los beneficios del régimen. El resto podrá ser tramitado por el régimen general de importación o, si reúne las condiciones, por el régimen simplificado previsto en el Artículo 4 del Decreto 506/001.
Esto es, si el valor en factura del envío es menor o igual a USD 100 se podrá utilizar el régimen simplificado que permite ingresar mercadería pagando una prestación equivalente al 60% del valor en aduana de la mercadería y sin necesidad de contratar un despachante de aduana (Artículo 4 del Decreto Nº 506/01). En cambio, si el valor del envío es mayor a los USD 100, entonces deberá contratar a un despachante de aduanas y pagar todos los tributos correspondientes para ingresar su envío por régimen general de importación.
¿El cupo de los 5 envíos se contabiliza por orden de llegada? Sí, salvo que el operador postal transmita a la Dirección Nacional de Aduanas que a pedido de su cliente el envío correspondiente no queda amparado en la franquicia. En ese caso, ese envío no ocupa un lugar en las 5 veces al año previstas por la franquicia.
¿Qué productos no cuentan para el cupo de 5 veces al año de mi franquicia? Los libros y medicamentos de uso personal. Esto es, estos productos pueden ingresar con los beneficios del régimen sin restricción de veces en el año civil. Sin embargo, hay que tener presente que en el caso de medicamentos, los mismos requieren de autorización del Ministerio de Salud Pública para ingresar al país, teniendo el usuario que tramitar dicha autorización de acuerdo a la normativa de salud pública que se encuentra disponible en el siguiente link: http://www.aduanas.gub.uy/

¿Qué sucede con los envíos por obsequios familiares? Pueden ingresar bajo la franquicia y serán contados en los 5 envíos anuales siempre que cumplan con los requisitos del régimen. Si el titular prefiere reservar su cupo anual para otros envíos, deberá abonar los tributos correspondientes y, de ser necesario, contratar un despachante de aduana.

8 comentarios en “compras por internet nuevo decreto

  1. Hola, quiero comprar discos de vinilo a través de internet, para uso personal, y quería saber si los mismos tienen el mismo tratamiento impositivo que los libros. de acuerdo a la ley 15.913, entran sin pagar impuestos y no se contabilizarían dentro de los 5 envíos anuales. Del mismo modo, ya que la compra vendría a través del correo uruguayo, a que rubro correspondería que se registrara, ya que de acuerdo al decreto 356/14, anexo 1, toda compra debe ser registrada en algún rubro. ¿es correcto, si corresponde que tengan el mismo tratamiento que los libros, registrarla como libros o material editorial? muchas gracias.

  2. hola buenas noches sabes que yo compre en china una camara fotografica infrarrojo me costo 104 dolares ya pase por el correo y pague la tasa correspondiente para aduana pero aun no me la envian tenes idea que debo hacer la pague el 23 de setiembre gracias

  3. ESTIMADO:

    QUIERO COMPRAR ACCESORIOS DEPORTIVOS,ETC EN cHINA, Y LO COMPRARÍA VIA WEB LOS ARTÍCULOS. AL LLEGAR A URUGUAY TENDRÍA QUE HACER LA IMPORTACIÓN, CUENTO CON EMPRESA AL DÍA DGI, BPS.

    LA CONSULTA ES QUE PORCENTAJE APROXIMADO DEBO CALCULAR EN CADA ARTICULO (DE POCO PESO Y DE U$S 2 A 30). cOMPRENDIENDO LOS IMPUESTOS MAS SUS HONORARIOS.

    sERÍAN ARTÍCULOS DE POCO PRECIO, PERO UNA GRAN CANTIDAD DE ARTÍCULO. O HAY ALGUNA FORMA DE DESPACHARLOS EN UN PAQUETE.

    SALUDOS
    GUSTAVO

  4. BuENAS, QUIERO COMPRAR UNA CÁMARA DE FOTOS QUE RONDA LOS 1600 u$s INCLUIDO EL FLETE A MONTEVIDEO. nO HE REALIZADO NINGUNA COMPRA EN EL EXTERIOR EN EL ÚLTIMO AÑO CORRIDO, QUISIERA SABER HASTA QUE MONTO PUEDO DEDUCIR, CUÁL ES EL PORCENTAJE DE IMPUESTOS ADUANEROS QUE DEBERÍA ABONAR Y CUÁLES SON LOS HONORARIOS QUE COBRAN UDS. EN DEFINITIVA QUISIERA SABER CUANTO MÁS DE 1600 TENDRÍA QUE PAGAR. mUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACIÓN.

  5. hola, buenas noches. quisiera saber cual es la deferencia entre: expres y no expres. ni los empleados del correo en minas saben eso. y resulta q uno lo tiene q saber de hecho! y por no saberlo me retuvieron un envio de uss186 en aduanas. cuanto me costaria sacarlo de ahi con un despachante? gracias

  6. disculpa se me envio el mail sin especificar bien, yo compro ropa en usa en tienda carters, gap o target y me gustaria traer 200 o 300 dólares solo de ropasin incluir en el envio ya que tendria que ser 200 con envío incluido. me gusyaria informarme sobre ese tema. gracias

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