Compras en el exterior: cómo traerlas correctamente

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Avión de carga con compras en el exterior que llegan a Uruguay

Comprar en tiendas del exterior se volvió parte de la rutina para muchos uruguayos. Pero desde que entró en vigencia el nuevo régimen de envíos postales, la pregunta ya no es solo «¿cuánto puedo comprar?», sino «¿por qué vía me conviene traerlo?». Según el valor, el peso, el tipo de producto y cuántas compras hayas hecho en el año, tu paquete puede ingresar por caminos muy distintos, con costos también muy distintos.

En esta guía práctica te explicamos las tres vías posibles, qué mercaderías quedan afuera y cómo evitar los errores más frecuentes.

Las tres vías para traer una compra del exterior

1. Franquicia anual (uso personal)

Es la vía más conveniente para compras personales. Desde el 1 de mayo de 2026, cada persona física mayor de edad con cédula uruguaya tiene una franquicia anual de hasta US$ 800, utilizable en hasta tres envíos por año civil, con un peso máximo de 20 kg por envío.

Bajo franquicia no se pagan aranceles, pero sí corresponde IVA, salvo excepciones: compras a vendedores con residencia fiscal en países con acuerdos comerciales que lo eximan (como Estados Unidos), siempre que estén registrados ante la DNA, y obsequios familiares sin fines comerciales. Para usarla, tenés que estar registrado ante la DNA, validar tu identidad digital y pagar con un medio de pago internacional a tu nombre.

2. Prestación única tributaria (régimen simplificado)

Si ya usaste tu franquicia, si no cumplís sus requisitos o si la compra tiene fines comerciales, existe un régimen simplificado: se paga una tasa única del 60% sobre el valor de la factura, que sustituye a todos los tributos de importación. Aplica a envíos de hasta US$ 800 y 20 kg, con un pago mínimo de US$ 20 por envío. Pueden usarlo tanto personas físicas como empresas.

Un dato importante: si un envío pretendía ingresar por franquicia pero no cumple las condiciones, pierde la franquicia para esa operación y pasa a tributar por prestación única.

3. Importación formal con despachante

Los envíos que superan los US$ 800 o los 20 kg, así como las operaciones comerciales de mayor escala, deben ingresar por importación formal. En este caso, un despachante de aduana clasifica la mercadería, calcula los tributos según su posición arancelaria y gestiona el despacho. Muchas veces, para mercadería con aranceles bajos, la importación formal puede resultar más económica que la prestación única.

Un ejemplo para entender las diferencias

Supongamos una compra de US$ 300 a una tienda de un país sin acuerdo comercial con Uruguay. Si ingresa bajo franquicia y todavía tenés cupo disponible, pagás solo el IVA, que con la tasa básica del 22% sería del orden de US$ 66. Si en cambio ya usaste tus tres envíos del año, la misma compra ingresaría por prestación única y pagarías el 60%: US$ 180. La diferencia muestra por qué vale la pena planificar.

El ejemplo es ilustrativo y simplificado; el monto final depende del valor declarado, el tipo de cambio y los cargos del operador postal.

Qué mercadería no puede ingresar por estas vías

Ni la franquicia ni la prestación única aplican a:

  • Mercadería gravada por IMESI, como bebidas alcohólicas y productos de tabaco, entre otros.
  • Mercadería que requiere autorización de un organismo competente y no la tiene. Por ejemplo, los medicamentos requieren autorización del Ministerio de Salud Pública.

Si una mercadería de este tipo llega sin la autorización correspondiente, puede devolverse al origen dentro de los 30 días, a costo del importador, siempre que no exista una infracción aduanera.

Plazos que no podés pasar por alto

  • 30 días desde el ingreso al país para pagar los tributos del envío.
  • 90 días para retirar la encomienda del depósito, puerto libre o aeropuerto libre. Pasado ese plazo, la mercadería puede considerarse en abandono.

Checklist antes de comprar

  • ¿Cuántos envíos y cuánto de los US$ 800 ya usaste este año?
  • ¿El paquete pesa menos de 20 kg?
  • ¿El vendedor está registrado ante la DNA para acceder a la exoneración de IVA?
  • ¿Vas a pagar con una tarjeta o medio de pago a tu nombre?
  • ¿El producto requiere alguna autorización especial o está gravado por IMESI?
  • ¿Completaste tu registro e identidad digital ante la DNA?

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar la prestación única si tengo una empresa?

Sí. A diferencia de la franquicia, que es solo para personas físicas y uso personal, la prestación única pueden utilizarla tanto personas físicas como jurídicas, con o sin fines comerciales.

¿Qué pasa si mi compra supera los 20 kg?

No puede ingresar ni por franquicia ni por prestación única. Corresponde una importación formal a través de un despachante de aduana.

¿Los regalos que me mandan familiares pagan impuestos?

Los obsequios familiares sin fines comerciales, en cantidades razonables y para uso personal, están exentos de tributos, aunque cuentan para el tope de US$ 800 y para el límite de tres envíos anuales.

¿Necesito despachante para la franquicia o la prestación única?

Para envíos de hasta US$ 800 no es obligatorio: en ambos regímenes el operador postal liquida los tributos, aunque también podés optar por un despachante si preferís ese camino. En cambio, si el monto supera los US$ 800 (o el envío pesa más de 20 kg), la intervención del despachante de aduana es obligatoria y la mercadería debe ingresar mediante un DUA de importación, con el despacho formal correspondiente.

Elegí la vía correcta para cada compra

Conocer las reglas te permite ahorrar dinero y evitar demoras. Si tu compra supera los límites del régimen postal, si importás con fines comerciales o si querés saber qué vía te conviene, en Ruben A. Redaelli Despachante de Aduana en Uruguay, podemos analizar tu caso y acompañarte en la importación. Consultanos.

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