Uruguayos que retornan al país

  • Que puedo llevar conmigo al regreso a Uruguay?

    INGRESO PERMANENTE

    Todo Uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clases de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos:

    A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

    B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

    C) Sólo se admitirá un vehículo automotor por interesado y por única vez por nacional uruguayo, quedando vedado el ingreso de vehículos de mas de das ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor homes y ómnibus en todas sus modalidades. Quedará asimismo prohibido el Ingreso de todo tipo de embarcaciones y aeronaves mediante el amparo al presente régimen. Dicho vehículo no podrá ser enajenado ni transferido por un lapso de dos años a contar de su ingreso a la República.

    El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Municipal correspondiente.» Art. 76 Ley 18.250

    INCENTIVOS MIGRATORIOS PARA LOS CIUDADANOS URUGUAYOS QUE RETORNEN AL PAÍS. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS.

    1) Artículo 76 de la Ley Nº 18.250 de 6 de enero de 2008 y Decreto reglamentario Nº 330/008 de 14 de julio de 2008.

    ¿Quiénes pueden acogerse a esta ley?

    Todos los ciudadanos uruguayos con más de dos años de residencia en el exterior que decidan retornar en forma definitiva a la República Oriental del Uruguay.

    A los efectos de la aplicación de esta norma, se entiende por uruguayo a toda persona hombre o mujer nacidos en cualquier punto del territorio de la República, así como los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento.

    Beneficios

    Podrán introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos:

    Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

    Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

    Un vehículo automotor de su propiedad, por única vez.

    Gratuidad

    Los trámites relacionados con el presente régimen, ante cualquier organismo público interviniente son gratuitos.

    Los costos de traslado, seguros y almacenaje de los bienes, así como los de intervención del Despachante de Aduanas en la tramitación del despacho de los bienes, no están incluidos en las exoneraciones previstas siendo en todos los casos de cargo de los interesados.

    Inicio del trámite

    Desde el Exterior: El ciudadano uruguayo interesado deberá iniciar el trámite en la Misión Diplomática (Servicio Consular) del lugar de residencia respectivo.

    Desde el territorio nacional: Se deberá iniciar el trámite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, dentro del plazo de 60 días desde el retorno al país.

    Requisitos para el trámite

    En ambos casos deberá presentar la siguiente documentación:

    Datos personales completos del interesado con documentación respaldante de su profesión, arte u oficio, mediante título o nota institucional y datos completos de los integrantes de su núcleo familiar con quienes se proyecta retornar al país.

    Constancia de actividad laboral del interesado y los demás integrantes del núcleo familiar con quien proyecta retornar al país.

    Domicilio a constituir en el país, el cual no podrá ser modificado sin comunicación previa al Ministerio de Relaciones Exteriores por el plazo de cuatro años a contar de su ingreso a la República.

    Declaración jurada personal donde conste decisión de retornar al país y radicarse definitivamente en él.

    Documentación acreditante de haber tenido residencia permanente e ininterrumpida en el exterior por un lapso superior a los dos años.

    Declaración de ampararse expresamente a la Ley Nº 18.250 de 6 de enero de 2008 y el Decreto Reglamentario Nº 330/008 de 14 de julio de 2008.

    En caso de que desee ingresar SU VEHÍCULO, deberá:

    Presentar documentación que acredite la propiedad del vehículo.

    Acreditar que el vehículo fue adquirido en el país de residencia con un mínimo de un año de antigüedad al momento del retorno. Dicha documentación se presentará con la correspondiente traducción -en su caso-, debiendo constar número de motor, chasis, padrón y demás datos identificatorios.

    Sólo se admitirá un vehículo automotor por interesado y por única vez por nacional uruguayo, quedando vedado el ingreso de vehículos de más de dos ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor homes y ómnibus en todas sus modalidades.

    Dicho vehículo no podrá ser enajenado ni transferido por un lapso de cuatro años a contar de su ingreso a la República debiendo ser empadronado directamente por el interesado en el Gobierno Departamental del domicilio denunciado, dentro de los treinta días del desaduanamiento.

    El vehículo deberá proceder directamente desde exterior del país. No se podrá usufructuar en forma previa de un ingreso del vehículo al país bajo régimen de turista.

    Legalización

    Toda la documentación acreditante que se acompañe deberá ser debidamente legalizada por el Servicio Consular correspondiente.

    Trámite en la Dirección Nacional de Aduanas

    El interesado deberá presentar: la siguiente documentación (original o fotocopia autenticada por escribano)

    A) Para los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación, así como para las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.
    Formulario de Declaración Jurada con solicitud de ingreso de los bienes y efectos

    Certificado de residencia otorgado por el Consulado Uruguayo en el país extranjero.

    Lista de bienes muebles y efectos visada por el Consulado.

    Documentación respaldante de su profesión, arte u oficio, mediante título o nota institucional.

    Cédula de identidad uruguaya vigente o constancia de trámite de renovación.

    Certificado de ingreso al país otorgado por la Dirección Nacional de Migración (Misiones 1513 esquina Piedras, Montevideo)

    Conocimiento de embarque con el sello de constancia de entrega otorgada por la Agencia (B/L transferido).

    B) Para el Vehículo automotor.

    Si además de los bienes mencionados en el literal A) se desea ingresar al país un vehículo, se deberá tramitar su autorización ante el Ministerio de Economía y Finanzas. El vehículo quedará almacenado en un depósito aduanero (a costa del interesado), a la espera de la correspondiente resolución del Ministerio de Economía y Finanzas, debiendo el interesado contratar los servicios de un Despachante de Aduana a esos efectos y de la posterior tramitación del Documento Único Aduanero (DUA).

    Si los bienes mencionados en los literales A) y B) ingresan al país por el Puerto de Montevideo, el trámite deberá realizarse en la Administración de Aduana de Montevideo, sita en el 2 ºPiso – Puerta 229 del Edificio de Aduana, Rambla 25 de Agosto de 1825 s/n de la ciudad de Montevideo.

    Los bienes declarados y que no resulten comprendidos en las autorizaciones precedentes, podrán ingresar de acuerdo al régimen general de importación, con intervención de un Despachante de Aduana, mediante el pago de los tributos correspondientes.

    2) ¿Existe otro régimen de ingreso exento de tributos para ciudadanos uruguayos que retornan al país para residir en forma definitiva?

    Si, existe otra norma (Dto. 572/994) de aplicación para ciudadanos uruguayos con más de un año de residencia en el exterior, por el cual se permite ingresar al país, exentos de tributos sus muebles y otros bienes de uso doméstico, herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, individualmente considerado.

    Bajo este régimen no se autoriza el ingreso de vehículos, ni se exonera los costos de la legalización de la documentación por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.

317 comentarios en “Uruguayos que retornan al país

  1. Hola, quiero volver a Uruguay ,vivo en Barcelona y me interesa saber si los electrodomésticos que me tengo que llevar pueden ser nuevos a estrenar. Gracias

  2. Hola quisiera informarme bien del coste del retorno a Uruguay.
    Si pudiera llevaría mi coche y algunos objetos personales cañas herramientas de uso domestico ropa y alguna cosa más.
    Mi destino final es San Carlos.
    Vivo en la isla de el Hierro.
    Y soy yo solo para el retorno.
    Desde ya muchas gracias por la información.

  3. yo tengo la doble nacionalidad , queria saber si puedo ir a uruguay a trabajar una temporada..cuanto es el máximo permitido , si puedo llevar mi coche desde barcelona, y cuanto me costaria. muchas gracias

  4. hOLA, VOY A RETORNAR A URUGUAY, ACOGIENDOME AL RETORNO VOLUNTARIO DESDE ESPAÑA, QUIERO LLEVAR MI COCHE EN UN CONTENEDOR DE 20´, MI PREGUNTA ES: CUALES Y CUANTOS SON LOS GASTOS EN ADUANDA DE MONTEVIDEO?

  5. cuanto me cuesta un despachante de aduana para contenedor de 20 pies es por retorno voluntario agradeceria un presupuesto gracias

  6. hola, queria saber que documentacion tengo q hacer para llevar mis muebles y un auto, de mexico a uruguay. soy uruguayo y estoy casado con mexicana , nos casamos en uruguay pero vivimos en mexico y el auto esta a nombre de ella , cual ceria el precio de los tramites y del contenedor aprox.gracias saludos

  7. hola, estoy pensando volver a uruguay despues de casi 20 años aqui en españa: por supuesto ya soy española, en este caso me puedo acoger al programa de retorno??? y si pudiera entonces quiciera saber que cuesta llevarme mi cochesito que aun funciona para unos años mas y que costaria incluyendo deposito de aduana en uruguay,
    muchas gracias.

  8. Hola Sebastián, el trámite «normal» es de menos de un mes, si too sale en tiempo y forma y la documentación esta toda en regla, el costo de la custodia y almacenamiento del vehículo es de usd 200.

    Saludos,

  9. hola queria saber si en el plan retorno podria llevarme el piso de madera y los muebles de una cocina que yo compre para donde vivo porque todo se puede desmontar.
    desde ya muchas gracias
    saludos diego

  10. hola , me gustaria saber mas concreto los costos hasta tener el auto en mis manos en uruguay y tambien una moto, como puedo hacer. y costos. muchas gracias.

  11. hola quisiera sber como hago para llevar mis cosas,muebles todo a uruguay,soy uruguaya ,hace 13 años q vivo en bs as.tengo un nene de 3 años.graciass

  12. hola, estoy en Cordoba-argentina y a fin de año estare volviendo a uruguay (hace 10 que sali del pais), me acogeria al plan retorno,quisiera tener una nosion de cuanto me saldria la mudanza de enseres, tambien tengo una camioneta antigua (1961) de colección que si no logro venderla tendria que llevarla.
    Desde ya muchas gracias y aguardo por una respuesta.

  13. hola vivo en cataluña y quisiera llevar un contenedor con todo lo de la casa y herramientas de mi profesion, mi mujer es de aqui y no se si se adaptara de no hacerlo yo podria volver a emigrar al haberme acogido a la ley de retorno y de poder hacerlo podria en un futuro volver a acogerme a la ley de retorno nuevamente, ademas me interesaria me presupuestaran los costes del contenedor asi como los tramites a seguir para poder traerme lo antes comentado muchas gracias.

  14. Hola Ethel, entiendo que estás retornando al país por Ley 18250, has hecho consulado uruguayo ya?.

    Cuidado que la la carga de tus enseres debe venir en forma de carga internacional, debes hacer una salida de exportación (mudanza internacional) en Argentina y de este lado se debe crear un expediente ante aduana de Colonia.

    Porque no nos llamas y lo vemos por teléfono?

    Saludos,

  15. Sres, buenas tardes. estariamos ingresando los muebles por colonia, se hace algun tramite en aduana colonia o en montevideo. gracias. atte. ethel

  16. Hola Roberto, son ambos Uruguayos? Si es así cada cual puede traer su auto si, cada uno a su nombre debe estar.

    Con respecto a las maquinarias de tu profesión, si puedes comprobar que trabajabas de ello, no deberías tener problemas con traerlas.

    Saludos,

  17. TENGO ALGUNAS DUDAS:
    LA LEY HABLA DE UN AUTO POR INTERESADO, EN ESTE CASO MI ESPOSA PUEDE LLEVAR EL DE ELLA? LOS DOS SOMOS CIUDADANOS MEXICANOS CON 10 AÑOS DE EMIGRADOS.
    LAS HERRAMIENTAS Y MAQUINARIAS DE SU PROFESION HAY QUE COMPROBAR CON TITULO PARA PODER LLEVARLAS…. YO TENGO UNA EMPRESA DE CONSTRUCCION HACE 9 AÑOS AUNQUE NO SOY NI INGENIERO NI ARQUITECTO, PUEDO LLEVARME LAS MAQUINAS CON EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA?

  18. Hola, al llevar un contenedor con mis enseres, (solamente, auto no, no tengo) quiero saber que debo pagar en aduana, al regresar a uruguay con el retorno voluntario desde españa…pues me han comentado q te cobran algo ahi…espero respuesta,..Gracias

  19. hola tengo una curiosided: hace 3 años lleve una tv lcd sansung a uruguay y no funciona como tv, y ahora pienso retornar con las cosas de mi casa y no se si llevarme la tv lg sin tdt incorporado, ya que seria inservible, tienen solucion? muchisimas grasias

  20. quiero saber para retornar desde chile traer auto y muebles, cuanto sale aproximadamente y cuanto cuesta aprox. también.muchas gracias.

  21. Hola Ana te enviaremos un email con todo el detalle y costes, pero antes nos debes decir el código postal de tu domicilio y la localidad en la que vivirás en Uruguay.

    Saludos,-

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