
De los Ingresos de vehículos al país… Ley 18.250 , Art. 76: Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos oficiales: A) Los bienes muebles y efectos...

Aquellos ciudadanos Uruguayos que desean volver definitivamente al Uruguay acogiéndose a la Ley 18250 de Retorno, o sea, exonerados de arancel consular y del pago de tributos aduaneros, que cumplan con el requisito de haber vivido por un plazo mínimo y continuo de 2 AÑOS en el exterior , podrán ingresar sus efectos...
Ruben A. Redaelli – Despachante de Aduana
Especialistas en comercio exterior, importaciones, retorno de uruguayos y asesoramiento aduanero.
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